Boletín legal

Ecuador Amplía Facultades de Inteligencia y Limita Controles sobre Gastos Reservados

Nueva ley refuerza vigilancia estatal e impone obligaciones a operadores de telecomunicaciones sin orden judicial previa

El 17 de junio de 2025, fue publicada la nueva Ley de Inteligencia, que introduce cambios significativos en el marco jurídico de la seguridad nacional. Esta normativa reemplaza disposiciones de la anterior Ley de Seguridad Pública y del Estado y busca dotar a los organismos de inteligencia de herramientas legales más amplias para enfrentar el crimen organizado y proteger la seguridad integral del Estado. No obstante, su aprobación ha generado debate en torno a la protección de derechos fundamentales y las garantías del debido proceso.

Ecuador Amplía Facultades de Inteligencia y Limita Controles sobre Gastos Reservados

Disposiciones clave

📌 Facultades destacadas de la nueva ley:

  • Autorización para que organismos de inteligencia accedan a datos en tiempo real e históricos sobre comunicaciones, localización y conexiones sin orden judicial (art. 51).
  • El Director del Centro de Inteligencia Estratégica (CIES) puede ordenar la apertura de documentos y comunicaciones privadas (art. 52).
  • Exoneración de inspección o control al transporte de tecnología usada en operaciones de inteligencia (art. 43).
  • Documentación de gastos especiales debe ser incinerada por Contraloría, dejando solo actas de destino (art. 13).

Contexto legal y alcance:

  • Sustituye artículos clave de la Ley de Seguridad Pública y del Estado.
  • Se enmarca en el principio constitucional de seguridad integral, pero ha generado tensiones sobre la compatibilidad con derechos como la inviolabilidad de la correspondencia, el debido proceso y la rendición de cuenta.
  • El control institucional se limita a auditorías de la Contraloría General y a un informe reservado anual ante la Comisión de Seguridad de la Asamblea Nacional, restringiendo el acceso al resto del Legislativo.

📍 Destinatarios e implicaciones:

  • Empresas de telecomunicaciones, entidades financieras y proveedores de servicios tecnológicos deberán cooperar obligatoriamente con solicitudes de los organismos de inteligencia.
  • La norma consolida el poder operativo y logístico de la inteligencia militar, policial y civil, mientras debilita mecanismos de fiscalización ciudadana y parlamentaria.
Declaración Final: El presente Memorándum Jurídico se ha realizado con fines informativos en base a las disposiciones legales establecidas en el territorio ecuatoriano. Se recomienda que una vez los contingentes identificados hayan sido analizados de conformidad, tomar contacto con el equipo legal de KRUGER LAW para discutir los alcances e implicaciones de las alternativas puestas en consideración.
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