Una nueva herramienta digital para fortalecer el control de ingresos y salidas del país
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) ha anunciado la implementación obligatoria del Formulario de Registro Aduanero (FRA) para todas las personas que ingresen o salgan del país, por cualquier vía (aérea, marítima o terrestre), a partir del 29 de julio de 2025. Esta nueva medida tiene como propósito reforzar los controles aduaneros, prevenir delitos como el lavado de activos y garantizar una mayor trazabilidad en el movimiento de bienes, divisas y personas a través de las fronteras ecuatorianas.
El formulario se deberá completar exclusivamente en formato digital a través de la plataforma del SENAE, dentro de las 72 horas previas al viaje, y será exigido en los puntos de control fronterizo o aeropuertos. Esta disposición aplica tanto para ecuatorianos como para extranjeros.
Disposiciones clave
Sujetos obligados a presentar el FRA
Están obligados a completar el formulario todos los viajeros mayores de edad que ingresen o salgan del país portando bienes tributables, es decir, mercancías sujetas a impuestos, restricciones o regulaciones. También deberán hacerlo quienes transporten más de USD 10.000 en efectivo, joyas, metales preciosos o instrumentos financieros al portador. Además, si una persona actúa como representante de un grupo familiar y lleva bienes o dinero pertenecientes a otros miembros del grupo, también deberá realizar la declaración.
Plazos para la presentación:
El formulario deberá ser completado en línea dentro de un periodo de 72 horas previas al viaje, aunque también podrá completarse inmediatamente antes del ingreso o salida, siempre y cuando se lo presente en el punto de control. Se recomienda no dejarlo para última hora para evitar inconvenientes en el embarque o paso por controles migratorios.
Contenido del formulario:
El FRA recogerá información básica del viajero como nombres completos, nacionalidad, tipo y número de documento de identificación, así como detalles del viaje: medio de transporte, ruta, fecha estimada, entre otros. Adicionalmente, se deberá declarar con precisión los bienes transportados, incluyendo el tipo, cantidad, valor aproximado y destino. También se deberán declarar los productos restringidos o sujetos a control especial, como medicamentos, alimentos, dispositivos electrónicos, entre otros.
Medio de presentación:
El formulario deberá completarse exclusivamente en formato digital a través del sitio web del SENAE.
Una vez completado, el sistema generará un código QR personalizado, que deberá presentarse a los funcionarios aduaneros. No se aceptarán declaraciones verbales ni formularios impresos.
Sanciones en caso de incumplimiento:
Quienes no presenten el formulario o lo hagan con información falsa o incompleta se expondrán a sanciones establecidas por la Ley. Estas pueden incluir multas de hasta el 30% del valor no declarado, la retención de los bienes y, en casos más graves, el inicio de procesos penales.