Boletín legal

Contraloría expide metodología para graduación de sanciones administrativas culposas

El Acuerdo tiene como objetivo estandarizar la aplicación de los criterios legales, reducir la discrecionalidad y fortalecer la motivación de las decisiones administrativas sancionadoras.

El 18 de junio de 2026, la Contraloría General del Estado expidió el Acuerdo Nro. 021-CG-2026, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nro. 308, mediante el cual se aprueba la “Metodología para la Graduación de Sanciones por Responsabilidades Administrativas Culposas”, desarrollada en aplicación del artículo 46 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado (LOCGE).

Disposiciones clave

1. Objeto y Finalidad de la Metodología:

El acuerdo tiene por objeto operacionalizar los criterios establecidos en la normativa vigente, transformándolos en parámetros técnicos, objetivos y comparables. Con ello se busca disminuir la subjetividad en la valoración de las conductas administrativas y garantizar mayor uniformidad en la emisión de resoluciones dentro de los procesos de control y juzgamineto en la Contraloría.

2. Criterios de Graduación de la Sanción:

La metodología desarrolla seis criterios previstos en la LOCGE, la acción u omisión del servidor público, la jerarquía del sujeto sancionado, la gravedad de la falta, la ineficiencia en la gestión en relación con el interés protegido, el volumen e importancia de los comprometidos y la reincidencia o comisión por primera vez. Estos elementos son evaluados de forma estructurada para determinar el nivel de responsabilidad administrativa culposa.

3. Estructura técnica del cálculo sancionatorio:

El modelo establece una fórmula de cálculo basada en el Salario Básico Unificado (SBU), a partir del cuál se determina la multa dentro del rango legal de 1 a 20 remuneraciones. Los criterios son ponderados de manera homogénea, incorporando escalas de severidad para la gravedad e ineficiencia, asi como una uniformidad en la escala entre cero y uno. Adicionalmente, se incluye una transformación exponencial para el criterio de recursos comprometidos, a fin de evitar distorsiones en casos de montos elevados.

4. Aplicación, obligatoriedad y disposiciones transitorias:

La metodología es de aplicación obligatoria para todas las unidades administrativas de la Contraloría en los procesos de control y determinación de responsabilidades. No obstante, se mantiene el deber de motivación individualizada en cada resolución. El Acuerdo dispone además que se implemente dentro del sistema en un plazo de noventa días, y prevé su aplicación a procesos en trámite cuando resulte más favorable para el administrado.

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