El Ministerio de Salud Pública oficializó la Décima Segunda Revisión del Cuadro Nacional de Medicamentos Básicos y su Registro Terapéutico.
Mediante el Acuerdo Ministerial Nro. 00007-2026, publicado el 7 de septiembre de 2026 en el Primer Suplemento del Registro Oficial Nro. 363, el Ministerio de Salud Pública dispuso la publicación de la Décima Segunda Revisión del Cuadro Nacional de Medicamentos Básicos y su Registro Terapéutico. La actualización incorpora 512 principios activos y sustituye el marco correspondiente a la revisión anterior.
Disposiciones clave
1. Nueva Revisión del Cuadro Nacional:
La Décima Segunda Revisión reúne 512 principios activos de medicamentos esenciales, frente a los 494 considerados en la revisión precedente. El documento conserva la clasificación Anatómica, Terapéutica y Química y organiza los medicamentos en catorce grupos anatómicos principales.
2. Aplicación en el Sector Público:
Las entidades públicas que prestan servicios de salud deben orientar la adquisición de medicamentos genéricos al catálogo oficial y al perfil epidemiológico de la población. Por ello, la actualización incide directamente en la planificación de abastecimiento y en los procesos de compra pública de medicamentos.
3. Prescripción y Niveles de Atención:
El instrumento no se limita a enumerar principios activos: también determina niveles de prescripción, vías de administración y asignación por nivel de atención. Estos parámetros deben ser considerados por las unidades de salud y los profesionales sujetos al marco del Sistema Nacional de Salud.
4. Impacto para Proveedores del Sector Salud:
Laboratorios, distribuidores y demás proveedores que participan en contratación pública deben revisar la nueva composición del cuadro frente a sus portafolios y registros. La inclusión o exclusión de principios activos puede modificar las oportunidades y condiciones de participación en procesos de abastecimiento público.
5. Derogatoria de la Revisión Anterior:
El acuerdo deja sin efecto el Acuerdo Ministerial Nro. 00069-2022 y su reforma contenida en el Acuerdo Ministerial Nro. 00235-2023. En consecuencia, la Décima Segunda Revisión pasa a ser la referencia técnico-normativa vigente para el Cuadro Nacional de Medicamentos Básicos.
6. Vigencia y Ejecución Administrativa:
El acuerdo rige desde su publicación del 7 de septiembre de 2026. Su ejecución corresponde a la Subsecretaría de Rectoría del Sistema Nacional de Salud, a través de la Dirección Nacional de Regulación de Medicamentos y Dispositivos Médicos. La vigencia normativa no equivale, por sí sola, a disponibilidad física inmediata de todos los medicamentos.