El catastro remitido el 14 de septiembre consolida 102 instrumentos sanitarios y facilita la identificación del marco vigente aplicable a productos y establecimientos sujetos a control de ARCSA.
La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria actualizó su Catastro Regulatorio correspondiente a septiembre de 2026, con fecha de envío 14 de septiembre. El documento enumera 102 regulaciones emitidas entre 2015 y 2026 e identifica, para cada una, su número, tipo, fecha de emisión, Registro Oficial, fecha de publicación y última reforma. El catastro funciona como una herramienta de sistematización y consulta; por sí mismo no crea, modifica ni deroga obligaciones jurídicas.
Disposiciones clave
1. Inventario de Normativa Vigente:
El documento organiza 102 instrumentos relacionados con control sanitario y permite ubicar resoluciones aplicables a registros, notificaciones, autorizaciones, establecimientos y productos sujetos a vigilancia de ARCSA.
2. Sector Farmacéutico:
Entre las normas recientes consta la Resolución ARCSA-DE-2026-001-DASP sobre buenas prácticas de almacenamiento, distribución y transporte para establecimientos farmacéuticos y de dispositivos médicos, publicada el 11 de febrero de 2026.
3. Productos Biológicos:
El catastro incorpora la Resolución ARCSA-DE-2026-002-DASP, que expide la versión 4 del instructivo para inscripción, reinscripción, modificación y cancelación del registro sanitario de productos biológicos de uso humano.
4. Alimentos y Buenas Prácticas:
También registra la Resolución ARCSA-DE-2026-015-DASP, vinculada con la certificación de plantas procesadoras y establecimientos de distribución, comercialización y transporte de alimentos para regímenes especiales.
5. Externalización de Análisis:
La entrada más reciente es la Resolución ARCSA-DE-2026-004-DASP, publicada el 1 de septiembre de 2026, que expide la versión 5.0 del instructivo para externalización de análisis de alimentos y registro de Organismos Evaluadores de la Conformidad.
6. Uso para Cumplimiento:
Las empresas reguladas pueden utilizar el catastro como mapa de verificación normativa, pero deben revisar el texto de cada resolución y sus reformas antes de adoptar decisiones de cumplimiento, porque el inventario no sustituye a los instrumentos jurídicos que recopila.