Boletín legal

Consejo de la Judicatura Crea Unidades y Salas Judiciales Especializadas en Materia Constitucional

Nueva estructura refuerza la tutela de derechos con jueces y dependencias constitucionales a nivel nacional.

El 12 de noviembre de 2025 se publicó en el Registro Oficial la Resolución No. 083-2025, emitida por el Consejo de la Judicatura, mediante la cual se crean nuevas Unidades Judiciales Especializadas de lo Constitucional de primera instancia y Salas Constitucionales en las 24 Cortes Provinciales de Justicia del país.

Esta medida responde al mandato popular expresado en la consulta popular de abril de 2024 y a la sentencia 12-25-IN/25 de la Corte Constitucional, que dispuso la creación de una jurisdicción constitucional diferenciada.

Consejo de la Judicatura Crea Unidades y Salas Judiciales Especializadas en Materia Constitucional

Disposiciones clave

1. Implementación de Unidades Judiciales Especializadas a nivel cantonal

La resolución aprueba el Informe Técnico DNDMCSJ-SNID-INF-2025-0039, que justifica la creación de dependencias judiciales especializadas de primera instancia en materia constitucional. Estas unidades estarán encargadas de conocer y resolver acciones como hábeas corpus, hábeas data, acciones de protección y solicitudes de acceso a la información pública. Su jurisdicción territorial ha sido delimitada en el anexo oficial de la resolución y se priorizará el uso de infraestructura judicial ya existente, con adecuaciones mínimas.

2. Creación de Salas Constitucionales en las Cortes Provinciales:

El Consejo de la Judicatura también dispone la constitución de Salas Especializadas de lo Constitucional en las 24 Cortes Provinciales de Justicia, incluyendo las ubicadas en Guayas, Pichincha, Manabí, Azuay y otras. Estas salas conocerán los recursos de apelación contra sentencias dictadas por los jueces constitucionales de primera instancia, conforme lo previsto en los artículos 167 y 168 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Esta medida busca fortalecer el principio de doble instancia en materia de garantías jurisdiccionales.

3. Aplicación progresiva, designaciones temporales y concursos públicos:

La implementación será progresiva, y las nuevas dependencias iniciarán su funcionamiento con carga procesal cero. Durante la primera fase, las causas serán conocidas por jueces multicompetentes capacitados, en calidad de encargados. En paralelo, la Dirección Nacional de Talento Humano deberá organizar los concursos públicos de méritos y oposición para designar jueces especializados y personal de apoyo. El despliegue se realizará conforme al cronograma establecido por el Consejo, con monitoreo continuo de carga procesal y adecuaciones al sistema SATJE.

Declaración Final: El presente Memorándum Jurídico se ha realizado con fines informativos en base a las disposiciones legales establecidas en el territorio ecuatoriano. Se recomienda que una vez los contingentes identificados hayan sido analizados de conformidad, tomar contacto con el equipo legal de KRUGER LAW para discutir los alcances e implicaciones de las alternativas puestas en consideración.
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