La aprobación de esta normativa busca fortalecer la administración de los recursos de reserva y contribuir a la estabilidad del sistema financiero.
El 1 de julio de 2026, mediante Resolución Nro. COSEDE-COSEDE-2026-0006-R-EXTR, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 316, la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados (COSEDE) oficializó esta nueva metodología técnica, estableciendo criterios para el cálculo del portafolio de liquidez y de la cuenta corriente, aplicables a las entidades del sector financiero privado ecuatoriano.
Disposiciones clave
1. Fundamento Normativo de la Metodología:
La aprobación de esta metodología responde a las atribuciones conferidas a la COSEDE por el Código Orgánico Monetario y Financiero y por la Resolución No. JPRF-F-2025-0164, que regulan la administración del Fondo de Liquidez y establecen que la entidad debe diseñar la metodología para determinar el tamaño del portafolio de liquidez.
2. Nueva Metodología Para el Cálculo de la Liquidez:
La resolución establece una metodología técnica para determinar el tamaño del portafolio de liquidez y de la cuenta corriente del sector financiero privado, con el propósito de optimizar la administración de los recursos de reserva y fortalecer la capacidad de respuesta de las entidades financieras ante eventuales necesidades de liquidez.
3. Incorporación de Parámetros Técnicos de Cálculo:
La nueva metodología incorpora variables estadísticas y financieras para evaluar el comportamiento de los depósitos, los flujos de caja y los niveles de riesgo de las entidades financieras. Además, establece criterios para definir los montos de liquidez que deberán mantenerse y prevé ajustes periódicos de los portafolios conforme a los resultados obtenidos.
4. Implicaciones Para las Entidades Financieras:
Las instituciones financieras privadas deberán adaptar sus procesos internos a los nuevos parámetros metodológicos, revisando la composición de sus activos líquidos y fortaleciendo sus mecanismos de gestión de riesgos para cumplir con las exigencias establecidas por la resolución.
5. Aplicación de la Nueva Metodología:
La resolución dispone una implementación progresiva de la metodología, permitiendo un periodo de adaptación para que las entidades financieras presenten los reportes correspondientes bajo el nuevo esquema de cálculo y cumplan con las obligaciones regulatorias previstas.
6. Disposición Transitoria:
La normativa contempla un periodo transitorio durante el cual continuará aplicándose la política de inversión vigente del Fondo de Liquidez por seis meses, mientras la COSEDE y el Administrador Fiduciario implementan las medidas técnicas y operativas necesarias para la ejecución de la nueva metodología y de la política de inversión prevista en la Resolución No. JPRF-F-2025-0164.