Desde el 5 de enero de 2026 rigen en el país distintos deberes tributarios y administrativos para personas naturales y jurídicas, conforme a los calendarios oficiales establecidos.
Desde el 5 de enero de 2026 se activaron en Ecuador varios trámites tributarios y administrativos para personas naturales y jurídicas. Entre ellos constan el pago del impuesto predial, la declaración del IVA de diciembre de 2025, la renovación de patentes municipales y la preparación del proceso de matriculación vehicular que inicia en febrero. Además, los trabajadores en relación de dependencia pueden solicitar hasta mediados de enero la acumulación del décimo tercero y décimo cuarto sueldo ante su empleador.
Disposiciones clave
1. Impuestos municipales
Desde el inicio del año, los gobiernos autónomos descentralizados municipales activaron la recaudación del impuesto predial urbano y rural, así como de las contribuciones especiales por mejoras. En cantones como Guayaquil, la atención presencial se habilitó desde el 5 de enero, mientras que los canales digitales estuvieron disponibles desde los primeros días del año, permitiendo el pago oportuno sin recargos. Asimismo, los contribuyentes del régimen general deben presentar la declaración del IVA correspondiente a diciembre de 2025, conforme a los plazos establecidos por el SRI. Las personas naturales y jurídicas que realizan actividades económicas permanentes deben renovar su registro y cancelar la patente municipal anual ante la autoridad competente.
2. Matriculación vehicular:
La Agencia Nacional de Tránsito activó el sistema informático para el proceso de matriculación vehicular correspondiente al año 2026. Este trámite se desarrollará desde el mes de febrero y se organizará según el último número de la placa del vehículo, iniciando con aquellos cuya numeración termina en 1 y avanzando de forma progresiva hasta el mes de noviembre. La matriculación comprende la revisión técnica vehicular y el pago de los valores establecidos, cuya gestión y control se encuentra a cargo de los organismos municipales de tránsito.
3. Materia Laboral:
Los trabajadores que mantienen una relación de dependencia cuentan con plazo hasta mediados de enero para solicitar la acumulación del décimo tercer y décimo cuarto sueldo. Esta petición debe ser presentada directamente al empleador y constituye una facultad reconocida en el Código del Trabajo y su normativa complementaria, la cual regula el procedimiento y los efectos de dicha solicitud.