REGLAMENTO PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DENTRO DE PROCESOS JUDICIALES 

Por. Ab. Laura Kubes E. 

Fecha de expedición: 27 de febrero de 2024, mediante Resolución 043-2024

Expedido por: El Pleno Del Consejo De La Judicatura

Conformación

  • 4 Capítulos
  • 12 Artículos 
  • Disposición General 
  • Disposiciones Transitorias 
  • Disposición Final

Aspectos Básicos a conocer:

Objetivo: Regular el tratamiento de los datos personales que constan dentro de los procesos judiciales tramitados en los órganos jurisdiccionales de la Función Judicial, a través del Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano (SATJE), que son públicos en el módulo de consultas web implementado por el Consejo de la Judicatura.

Finalidad: a través del Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano (SATJE), que son públicos en el módulo de consultas web implementado por el Consejo de la Judicatura. 

Ámbito De Aplicación: El presente Reglamento es aplicable a la gestión de las y los servidores judiciales administrativos y jurisdiccionales que tengan a su cargo el manejo de los módulos que conforman el Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano (SATJE).

DATOS PERSONALES:​

Conforme la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales

Se definen como aquellos que identifican o hacen identificable a una persona. 

En el contexto judicial, se consideran datos personales los nombres, apellidos y números de cédula de las partes procesales, registrados en el módulo de sorteos del Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano (SATJE), al momento de ingresar un proceso judicial; o que consten en las actuaciones judiciales o providencias emitidas por las y los juzgadores, durante el curso de la tramitación judicial.

MODIFICACIÓN, RECTIFICACIÓN Y OCULTAMIENTO:

Los secretarios judiciales tienen la calidad de fedatarios de la información y de las piezas procesales. 

Los secretarios judiciales bajo la autorización de los juzgadores, tienen la responsabilidad de modificar, rectificar u ocultar los datos personales de las partes involucradas en los procesos judiciales, utilizando para ello el módulo de gestión de litigantes del SATJE.

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD:

Las partes procesales en su calidad de titulares de los datos, o su vez terceros o representantes legales, están legitimadas para solicitar la modificación, rectificación o el ocultamiento de sus datos personales. Estas solicitudes deben ser formuladas por escrito y presentadas ante el juzgado o tribunal correspondiente.

EJECUCIÓN DE SOLICITUDES:

Una vez recibida una solicitud, el juzgador analizará su pertinencia y, de considerarlo adecuado, ordenará la ejecución del pedido. Los cambios deben reflejarse en el módulo de consultas web del SATJE y comunicarse a la parte solicitante.

EJECUCIÓN DE SOLICITUDES:

Una vez recibida una solicitud, el juzgador analizará su pertinencia y, de considerarlo adecuado, ordenará la ejecución del pedido. Los cambios deben reflejarse en el módulo de consultas web del SATJE y comunicarse a la parte solicitante.

DATOS SENSIBLES:

El manejo de datos sensibles, como la etnia, género, orientación sexual, entre otros, debe realizarse con especial cuidado, garantizando la reserva y la protección de los derechos de las personas.

En el tratamiento de datos sensibles se podrá considerar el ocultamiento de providencias o actuaciones judiciales en las que consten datos sensibles, a través de los mecanismos tecnológicos implementados para el efecto en el Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano (SATJE). 

Las y los juzgadores deberán tomar las medidas necesarias para anonimizar los datos que permitan hacer identificables a niños, niñas o adolescentes que se encuentran inmersos en los procesos judiciales bajo su cargo.

CONCLUSIONES

El manejo de datos sensibles, como la etnia, género, orientación sexual, entre otros, debe realizarse con especial cuidado, garantizando la reserva y la protección de los derechos de las personas.

En el tratamiento de datos sensibles se podrá considerar el ocultamiento de providencias o actuaciones judiciales en las que consten datos sensibles, a través de los mecanismos tecnológicos implementados para el efecto en el Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano (SATJE). 

Las y los juzgadores deberán tomar las medidas necesarias para anonimizar los datos que permitan hacer identificables a niños, niñas o adolescentes que se encuentran inmersos en los procesos judiciales bajo su cargo.

DATOS SENSIBLES:

La Resolución 043-2024 es un avance significativo en la protección de los datos personales dentro del ámbito judicial ecuatoriano, alineándose con los principios establecidos en la Constitución y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Esta medida no solo fortalece el derecho a la privacidad y la no discriminación, sino que también promueve la transparencia y la eficiencia dentro de la Función Judicial, asegurando un manejo adecuado de la información en el sistema judicial ecuatoriano. 

Declaración Final: El presente Memorándum Jurídico se ha realizado con fines informativos en base a las disposiciones legales establecidas en el territorio ecuatoriano. Se recomienda que una vez los contingentes identificados hayan sido analizados de conformidad, tomar contacto con el equipo legal de KRUGER LAW para discutir los alcances e implicaciones de las alternativas puestas en consideración.

Atentamente,
Ab. Laura Elizabeth Kubes Engelmann
KRUGER LAW

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