Boletín legal

SE ANUNCIAN INCENTIVOS PARA IMPORTAR EQUIPOS ELÉCTRICOS

El Ejecutivo comunicó un posible alivio del IVA y del ISD para equipos destinados a generación hidroeléctrica privada y almacenamiento energético; falta verificar su instrumentación legal.

El 5 de octubre de 2026 se anunció públicamente una medida para reducir la carga tributaria de importaciones de equipos vinculados con proyectos privados de generación hidroeléctrica y almacenamiento de energía. El anuncio aludió al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y al Impuesto a la Salida de Divisas (ISD). No se identificó en esta revisión una norma oficial que precise las partidas, condiciones y fecha efectiva de aplicación.

Disposiciones clave

1. Carácter del Anuncio:

La información difundida corresponde a una declaración gubernamental; por si sola no modifica tarifas ni constituye autorización para liquidar tributos de manera distinta.

2. Proyectos Referidos:

La propuesta se orienta a equipos vinculados con generación hidroeléctrica privada y sistemas de almacenamiento. No debe extrapolarse automáticamente a toda importación eléctrica.

3. Impuesto al Valor Agregado:

Una eventual aplicación de tarifa reducida o de tarifa cero exige determinar la habilitación normativa, la clasificación arancelaria y las condiciones concretas del bien.

4. Salida de Divisas:

La posible reducción del ISD requiere comprobar el instrumento jurídico y su alcance sobre pagos al exterior, sin confundirla con el tratamiento aduanero del producto.

5. Verificación Aduanera:

Los importadores deben confirmar subpartidas, documentación y criterios del SENAE y del SRI antes de elaborar presupuestos o declaraciones basadas en el anuncio.

6. Aplicación Condicionada:

Hasta contar con una disposición oficial identificable y vigente, corresponde utilizar el régimen tributario aplicable, sin presentar el beneficio anunciado como efectivo.

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