Boletín legal

SRI Y CONADIS IMPULSAN ACCESIBILIDAD EN TRÁMITES TRIBUTARIOS

El convenio interinstitucional busca reducir barreras de información y facilitar el acceso de las personas con discapacidad a servicios y beneficios tributarios vigentes.

El Servicio de Rentas Internas informó el 9 de septiembre de 2026 la suscripción de un convenio de cooperación con el Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades. El acuerdo se orienta a mejorar la accesibilidad de la información tributaria, fortalecer la capacitación institucional y facilitar que las personas con discapacidad conozcan y ejerzan los beneficios y servicios previstos en la normativa vigente.

Disposiciones clave

1. Objeto del Convenio:

La cooperación busca disminuir barreras de comunicación y mejorar el acceso a información tributaria clara y comprensible. El instrumento se enfoca en orientación, atención y accesibilidad de los servicios del SRI para personas con discapacidad y sus familias.

2. Asistencia Técnica del CONADIS:

El CONADIS brindará asistencia técnica y capacitación a servidores del SRI en materias vinculadas con discapacidad, lenguaje positivo, accesibilidad y buen trato. El objetivo es incorporar criterios de atención inclusiva en la prestación de servicios tributarios.

3. Compromisos del SRI:

La Administración Tributaria desarrollará jornadas de capacitación y orientación ciudadana, difundirá contenidos sobre sus servicios y promoverá mejoras progresivas en los materiales
informativos dirigidos a personas con discapacidad.

4. No Crea Nuevos Beneficios Tributarios:

El convenio no constituye una reforma tributaria ni crea por sí mismo exenciones, devoluciones o rebajas adicionales. Su finalidad es facilitar el conocimiento y ejercicio de los beneficios ya previstos en la normativa, distinción relevante para evitar atribuir al acuerdo efectos fiscales que no contiene.

5. Acceso a Procedimientos Existentes:

La mejora de información y acompañamiento puede incidir en trámites ya disponibles ante el SRI, incluidos los vinculados con beneficios reconocidos a personas con discapacidad. Los requisitos, porcentajes y condiciones aplicables continúan sujetos a las normas tributarias vigentes y a los procedimientos oficiales correspondientes.

6. Relevancia para la Asesoría Tributaria:

Asesores, empresas y responsables de atención deberían considerar la nueva coordinación institucional al orientar a contribuyentes con discapacidad. Cualquier aplicación concreta debe partir de la verificación del beneficio vigente, la condición del beneficiario y los requisitos establecidos por el SRI para el trámite específico.

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