Boletín legal

Lanzamiento del Plan Excepcional de Pagos por el SRI

¿Sabías que el Servicio de Rentas Internas (SRI) ha implementado un plan excepcional de pagos para impuestos retenidos o percibidos en mora?

Aquí te lo contamos.

Con fecha 6 de enero de 2025, el Servicio de Rentas Internas emitió la Resolución No. NAC-DGERCGC25-000000001, estableciendo un plan excepcional de pagos aplicable a impuestos retenidos o percibidos administrados por el SRI que se encuentren en mora hasta el 31 de octubre de 2024, incluyendo obligaciones que correspondan exclusivamente a multas.

Lanzamiento del Plan Excepcional de Pagos por el SRI

Puntos Clave del Plan

Plazo:

Se podrá solicitar el plan excepcional de pagos hasta el 7 de febrero de 2025.

Solicitud para acceder al Plan:
  • El plan tendrá una duración máxima de 12 meses.
  • Los representantes establecidos en el artículo 27 del Código Tributario deben presentar la solicitud de manera presencial.
  • Otros contribuyentes podrán realizar la solicitud a través del portal web del SRI.
  • Las solicitudes ingresadas en oficinas del SRI antes de que el servicio web sea habilitado serán atendidas de forma manual, como indica la disposición transitoria primera de la resolución.
Resolución sobre las solicitudes:

El SRI notificará las resoluciones en el buzón del contribuyente. Estas incluirán:

  • El plazo concedido de hasta 12 meses, contado desde su otorgamiento.
  • La fecha límite de pago de cada cuota.
  • Las cuotas mensuales serán iguales, excepto la última, que se ajusta con tasas de interés futuras.
Pago de las Cuotas:
  • Se podrá cancelar anticipadamente la totalidad o parte de las cuotas.
  • En caso de pago total anticipado, se recalcularán los intereses pendientes.
  • Los pagos seguirán lo dispuesto en los artículos 21 y 47 del Código Tributario.
Terminación del Plan:

El incumplimiento de una cuota, una vez conciliados los pagos, dará lugar a la terminación inmediata del plan, permitiendo al SRI iniciar o continuar con la ejecución coactiva.

Obligaciones en Ejecución Coactiva:
  • Cuando se otorgue el plan respecto a obligaciones en coactiva, los plazos de prescripción se suspenderán.
  • El procedimiento coactivo se limitará a cesar o sustituir medidas precautelares cuando sea necesario.
Vigencia:

Estas disposiciones entraron en vigencia el 10 de enero de 2025, tras su publicación en el Registro Oficial.

Importancia del Plan para Contribuyentes y Empresas

El plan excepcional de pagos ofrece una alternativa para que contribuyentes en mora regularicen su situación fiscal, evitando así sanciones y promoviendo el cumplimiento tributario. Este mecanismo también asegura mayor transparencia y confianza en la gestión tributaria del país.

Recomendaciones para Contribuyentes

  1. Solicite el plan dentro del plazo: Asegúrese de cumplir con los requisitos y presentar la solicitud antes del 7 de febrero de 2025.
  2. Cumpla con las cuotas: Evite la terminación del plan manteniéndose al día en los pagos.
  3. Considere el pago anticipado: Si es posible, aproveche la opción de cancelar anticipadamente para reducir intereses.

Declaración Final: El presente Memorándum Jurídico se ha realizado con fines informativos en base a las disposiciones legales establecidas en el territorio ecuatoriano. Se recomienda que una vez los contingentes identificados hayan sido analizados de conformidad, tomar contacto con el equipo legal de KRUGER LAW para discutir los alcances e implicaciones de las alternativas puestas en consideración.

Atentamente,
KRUGER LAW
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