Boletín legal

Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador

El 9 de diciembre de 2024, se publicó en el Registro Oficial (Quinto Suplemento No. 699) la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador, cuyo propósito principal es generar alivios financieros y fomentar el desarrollo económico inclusivo en el país.

D:\Kruger\Kruger-Law\blog

Aspectos Destacados

Medidas Principales de Alivio Financiero

1. Prestaciones del Seguro de Desempleo:

La ley establece el acceso automático al seguro de desempleo para afiliados al IESS que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener 24 aportaciones acumuladas al IESS.
  • Haber perdido su empleo involuntariamente en los últimos 3 meses.

Beneficio:

  • Los beneficiarios recibirán el 70% del sueldo promedio de los últimos 6 meses trabajados.
  • Los pagos serán mensuales y automáticos, sin necesidad de realizar trámites adicionales.

     

2. Suspensión de Cláusulas Automáticas:

Mientras dure la emergencia eléctrica nacional, la ley establece:

  • Suspensión temporal de cláusulas de incremento automático en los contratos de arrendamiento del sector eléctrico.
  • Esta medida beneficia a empresas y arrendadores vinculados a la provisión de energía eléctrica.

Beneficio:

  • Evita aumentos en los costos de arrendamiento, lo que permite estabilidad financiera para empresas durante la crisis energética.
 
3. Facilidades para Proveedores de Internet y Telefonía Móvil:

Los proveedores de internet y telefonía móvil están obligados a ofrecer facilidades de pago a los usuarios afectados por la emergencia eléctrica.

Detalles:

  • Planes de pago a 3 o 6 meses sin intereses.
  • Evita la suspensión de servicios a usuarios que presenten retrasos en sus pagos.
 
4. Fomento al Emprendimiento y al Progreso Económico

1. Incentivos para Empresas que Generen Empleo

Las empresas que contraten a nuevos trabajadores recibirán:

  • Reducción del 10% en el Impuesto a la Renta del siguiente año fiscal.
  • Bonificación de hasta $500 por cada nuevo empleo generado para jóvenes entre 18 y 30 años.

2. Apoyo a Emprendedores

  • Acceso a créditos preferenciales con tasas de interés del 5% anual y plazos de pago de hasta 10 años.
  • Prioridad para proyectos que empleen mano de obra local y usen materia prima nacional.

Beneficios Específicos: ¿A quién aplica la ley?

  1. Trabajadores desempleados:
    • Acceso automático al seguro de desempleo con el 70% del sueldo promedio.
  2. Empresas del sector eléctrico:
    • Exención temporal de incrementos automáticos en arrendamientos.
  3. Usuarios de internet y telefonía:
    • Facilidades de pago de facturas sin intereses y sin suspensión del servicio.
  4. Emprendedores y empresarios:
    • Reducción de impuestos y acceso a créditos para impulsar nuevos proyectos y generar empleo.

 

Este boletín tiene fines informativos. Para mayor asesoría y cumplimiento personalizado, contáctenos.

Declaración Final: El presente Memorándum Jurídico se ha realizado con fines informativos en base a las disposiciones legales establecidas en el territorio ecuatoriano. Se recomienda que una vez los contingentes identificados hayan sido analizados de conformidad, tomar contacto con el equipo legal de KRUGER LAW para discutir los alcances e implicaciones de las alternativas puestas en consideración.

Atentamente,
KRUGER LAW
Comparte este boletín legal en: